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Foto del escritorJorge Alberto Cadena Lobato

Eres inversionista extranjero ¿Conoces la nueva obligación como patrón en México?

Las leyes laborales mexicana debemos de considerar que son muy protectoras en favor a los trabajadores en donde se busca proteger sus derechos que por muchos años los obreros han luchado por los mismos.

 

En esta época actual se han venido actualizando el salario mínimo de los trabajadores en México y en donde ha recuperado el valor adquisitivo del mismo y que aun está lejos de cumplir lo que menciona las leyes laborales mexicanas por lo que se prevé que cada año se siga incrementando el mismo.

 

Por otro lado, en el ramo del derecho fiscal mexicano las autoridades han actualizado el subsidio al empleo, pero ¿qué es el subsidio al empleo?:

 

El subsidio al empleo es un beneficio fiscal que tienen los empleados con salarios bajos al promedio del mercado con esto ayudándoles en la disminución del impuesto sobre la renta (ISR) que tendría que pagar.

 



Mas sin embargo a partir de los incrementos de años recientes del salario mínimo este subsidio al empleo se había quedado muy corto en ayudar a este tipo de colaboradores, por lo que a partir del 1 de mayo de 2024 se modificó la mecánica y el monto del subsidio al empleo, por lo que si eres patrón y tienes trabajadores por favor considerar los siguientes puntos:

 

·         Todos los empleados con sueldo mensual hasta de $9,081 pesos (550 USD) tendrá derecho al subsidio al empleo.

·         El subsidio el empleo mensual será para este 2024 de $390 pesos (24 USD); mismo que es el 11.82% sobre la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

 

Considerando que un empleado tenga el salario mensual de $8,000 pesos, para ejemplificar el beneficio dejamos aquí un comparativo para este tipo de empleados que obtendrían,

 

Concepto

 Anterior

 Vigente

Sueldo

        8,000.00

        8,000.00

ISR a pagar

            478.57

            478.57

Subsidio al empleo

                         0 

            390.00

Neto a recibir

        7,521.43

        7,911.43

 

 Beneficio

5%

 

 

Por lo que nuestras consideraciones finales para los inversionistas tanto mexicanos como extranjeros serían las siguientes:

 

1.      Implementar estas modificaciones fiscales en nuestros sistemas de cálculos de nóminas para la adecuada consideración del mencionado subsidio al empleo.

2.      En el caso de que el subsidio al empleo sea superior que el ISR a pagar por parte del trabajador, esto no genera un saldo a favor o crédito.

3.      El patrón deberá de obtener manifestación del trabajador que no esta obteniendo este beneficio por parte de otro patrón.

4.      El subsidio al empleo he de considerar que en el mes de febrero estaría modificando al cambiar la UMA.

 

 

”En términos del artículo 89 del Código Fiscal de la Federación en vigor, el contenido de esta reproducción, exposición, presentación, programa o transmisión y/o los documentos y /o ejemplos utilizados para exponer el mismo, pueden expresar posiciones que no coincidan con los criterios de las autoridades fiscales o judiciales mexicanas. Esta reproducción o exposición no tiene la intención de y no podrá ser usada por persona alguna con el propósito de eludir (i) un impuesto, federal, local o municipal, o (ii) la imposición de sanciones fiscales en los Estados Unidos Mexicanos. Consultores Cadena, Barrio y Asociados, SC, no se hace responsable del uso o del criterio que cualquier usuario pudiese dar o tener derivado de la presente reproducción o exposición.”

 

Asimismo, el escritor responde por la originalidad y contenido de la obra frente a la empresa y por la invasión o afectación de derechos de tercero que pudieran ocasionarse, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a la empresa y responder por los daños y/o perjuicios que se le ocasionen


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