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Foto del escritor Itzel G. Reynoso Alcala

¿Eres asalariado y no sabes que puedes deducir?

Si eres persona física asalariada, y no sabes que pudiste deducir de tu declaración anual y este año no quieres cometer el mismo error, te informamos que gastos puedes deducir de tu declaración anual.


¿Qué son las deducciones fiscales personales?



Una deducción fiscal personal es una reducción del monto total de la obligación tributaria de una persona al encontrarse con un pago que baje sus ingresos imponibles. Suelen ser estos gastos personales relacionados con las necesidades básicas que tiene una persona asalariada y que se pueden disminuir de sus ingresos obtenidos por todo el año en que laboro, que se restan de sus ingresos brutos para calcular la cantidad de impuestos adeudados o a favor.

Como persona física asalariada puedes deducir lo siguiente:

Salud

·         Honorarios médicos, dentales, psicología y nutrición.

·         Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.

·         Honorarios a enfermeras.

·         Análisis, estudios clínicos.

·         Compra o alquiler de aparatos para rehabilitación.

·         Prótesis.

·         Compra de lentes ópticos graduados.

·         Primas por seguros de gastos médicos.

Sus condicionantes

·         Son deducibles si son prestados por personas con título profesional.

·         No proceden los comprobantes de farmacias.

Educación

·         Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Nivel preescolar hasta bachillerato.

Para hacer efectivo este beneficio, requieres contar con el comprobante de pago correspondiente.

·         Cuando realices pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos.

·         Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.

·         Transporte escolar, sólo si es obligatorio.

Otros

·         Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos.

·         Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE.

·         Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

·         Aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).

·         El pago por impuestos locales por salarios.

Cabe recalcar que el pago de estos gastos se requiere realizar mediante cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo.

Ahora que ya sabes en que puedes deducir, recuerda que al realizar alguno de estos gastos tiene que haber un rastro de que el dinero es de tu propiedad, recalcando que en efectivo no se debe pagar y solicitar que facturen tu gasto, para obtener deducciones en tu declaración y así tener un descuento en el pago de impuesto.

Calcula todas las deducciones que puedes hacer y prepárate para ingresarlas en tu declaración anual 2024.

☎️ +52 (322) 286 9315 | (322) 286 9322

 

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